Esta prestación la concede la Agencia Tributaria a aquellas personas que tienen un ascendiente o descendiente a cargo por discapacidad; ascendiente con dos hijos; por familia numerosa.
REQUISITOS PARA SU SOLICITUD
- Contribuyentes que se encuentren en una o varias de las situaciones anteriores, y que realicen una actividad, por cuenta propia o ajena, por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad de carácter alternativo, y coticen durante los plazos mínimos fijados.
- Contribuyentes que perciban prestaciones del sistema público de protección de desempleo o pensiones de los regímenes públicos de previsión social o asimilados; con derecho a la deducción del mínimo por descendiente o ascendiente con discapacidad; o formen parte de una familia numerosa; o se trate de un ascendiente separado legalmente o sin vínculo matrimonial con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
En este caso no es necesario estar ejerciendo una actividad, ni se tiene en cuenta el límite del importe de las cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad pertinente.
CÓMO SOLICITARLA
- Solicitud presencial.- Hay que hacer una presolicitud, por cada una de las deducciones a las que se tenga derecho, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, indicando tus datos personales. Una vez realizada, se imprime el archivo PDF para presentarlo en la delegación de Hacienda que te corresponde. Puedes solicitar aquí la cita previa.
- Solicitud electrónica.- Presentando una solicitud del modelo 143 por cada una de las deducciones a que tenga derecho en la sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve PIN.
- Por teléfono.- Llamando al número 901 200 345 e indicando el importe de la casilla 490 de la declaración del IRPF de 2014.