FUNDACIÓN LA HORA VIOLETA

Prestación por hijo a cargo

La prestación por hijo a cargo es una ayuda económica que concede la Seguridad Social, en concepto de cada hijo que se tenga, menor de edad o mayor de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

¿Qué entiende la Seguridad Social por «hijo a cargo»?

La Seguridad Social entiende que son los hijos que conviven con el beneficiario de esta prestación, y que dependen económicamente de él.

Si estos hijos percibieran unos ingresos superiores al 100% del Salario Mínimo Interprofesional, o si perciben una pensión no contributiva (exceptuando la de orfandad), dejaría de estar a cargo del beneficiario.

Requisitos para solicitar la prestación por hijo a cargo

Cómo solicitarla

El organismo encargado de conceder esta prestación económica es el Instituto Nacional de la Seguridad Social. Aquí puedes buscar la oficina más cercana a tu domicilio (dentro de la Comunidad de Madrid).

*Recuerda que sólo te atenderán si previamente has concertado cita previa*

Necesitarás el modelo de solicitud de prestación por hijo a cargo, además de la siguiente documentación:

Una vez presentada toda la documentación, la resolución llegará a tu domicilio en el plazo aproximado de un mes.

Cómo se efectúa el pago

Una vez que te han concedido la prestación económica por hijo a cargo, el pago se realiza desde la Tesorería General de la Seguridad Social, de manera semestral.

Si tu hijo es mayor de edad y tiene una discapacidad igual o superior al 65%, tiene derecho a seguir cobrando esta ayuda económica. En este caso, el pago se realizará de manera mensual.

La cantidad percibida no incluye pagas extra y está exenta de tributar al IRPF.

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